viernes, 28 de noviembre de 2014

¿PARA UN CAMBIO DE TITULARIDAD DE INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA SE HA DE SUSCRIBIR CONTRATO TÉCNICO CON LA DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA?


¿Qué re­quisitos mínimos deben cumplir los instrumentos de medida de consumos?, ¿cómo debe ser la toma y el registro de datos, así como su periodicidad, por parte de las em­presas de mantenimiento y/o gestores energéticos?.

Existen unos requisitos que han de cumplir los instrumentos de medi­da de consumos (agua, energía suministrada a la central térmica y energía térmica útil aportada al edificio), que deben albergar las instalaciones térmicas en los edificios, así como la contabilización de dichos consumos, en aras a conseguir el seguimiento continuo de la eficiencia ener­gética de las instalaciones y su consumo de agua caliente.

El campo de aplicación se circunscribe al ámbito de las instalaciones amparadas por el RITE, es decir, las insta­laciones térmicas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y producción de agua caliente sanitaria (ACS), tanto en los edificios de nueva construcción como en las reformas realizadas en los edificios existentes, en los términos que se indican en dicho Reglamento.

Según los expertos, lo recomendable es la contabilización de consumos en todas las instalaciones térmicas de poten­cia superior a 70 kW, con el fin de poder realizar el seguimiento de la eficiencia energética de las mismas.

Así, en este sentido, la eficiencia energética no debe medirse de forma ins­tantánea, ya que son muchos los factores de difícil evaluación que afectan a la misma y que hacen imposi­ble conseguir resultados suficientemente fiables en la práctica cotidiana; sino que debe medirse de forma es­tacional, es decir, durante períodos concretos de tiempo, aconsejablemente durante períodos anuales, ya que el rendimiento estacional de una instalación varía según la época del año.

El objetivo que debemos perseguir es mejorar la eficiencia energética en las instalaciones térmicas, dentro del ámbito de aplicación del RITE, facilitando la puesta en marcha de mecanismos administrativos que garanticen ésto que comentamos.

Son muchas las razones que avalan la medición de con­sumos y, con ella, la de la eficiencia energética. Entre éstas se pueden citar las siguientes:
  •  La eficiencia energética de una instalación térmica puede y debe medirse durante la vida útil de la misma, siendo muy difícil avanzar en su mejora si se desconoce su valor. Una frase muy conocida afirma: "Lo que no se mide, no existe y, además, no puede mejorarse". Sería imposible conseguir en la práctica mejoras constantes de la eficiencia ener­gética, sin medirla.
  •  Para conseguir la eficiencia energética no basta con instalar calderas de condensación, paneles solares u otros elementos a los que se les suponga ésta. La eficiencia energética es la suma de multitud de fac­tores relacionados con el diseño, montaje y posterior mantenimiento de una instalación, por lo que, en un edificio existente, la eficiencia energéti­ca no debe simularse, sino que debe medirse.
  • Los profesionales responsables de las instalaciones térmicas en los edificios, entre los que podemos ci­tar a promotores, constructores, arquitectos, fabricantes, ingenieros, instaladores y mantenedo­res, tendrán una actitud más favorable hacia la eficiencia energética, en sus distintos cometidos, si saben que ésta se va a medir y los usuarios o la Ad­ministración les pueden pedir responsabilidades, en caso de que la realidad no coincida con las expecta­tivas creadas al respecto o no se cumplan unos requisitos mínimos de rendimiento.
  •  Con la medición de la eficiencia energética, los pro­fesionales podrán disponer de datos para mejorar su aptitud en esta cuestión, ya que hasta ahora, la mayoría de las instalaciones han sido diseñadas para cubrir exclusivamente los criterios de confort y seguridad de sus usuarios, prestándose poca o nula atención a los aspectos energéticos. Estos profesionales podrán comprobar los resultados de las distintas soluciones aportadas en el diseño de una instalación, diferenciando aquellos aspectos eficientes de los que no lo son.
  •  El RITE contempla la posibilidad del diseño de ins­talaciones desde un punto de vista prestacional, con lo que se podrán obtener magníficos resulta­dos si se da rienda suelta a la imaginación e inteligencia de los distintos profesionales, sin es­tar encorsetados por un Reglamento prescriptivo, en el que basta con cumplir los requerimientos mí­nimos establecidos, al margen de los resultados obtenidos. Para ello, es importante comprobar los resultados, una vez puesta en marcha la instala­ción, por lo que la medición de la eficiencia energética se convierte en una herramienta funda­mental en un deseable proceso de innovación y mejora constante de la eficiencia energética de las instalaciones de confort de los edificios.

Fuente Original: http://www.suelosolar.es/ Texto extraído de la pagina http://www.suelosolar.es/newsolares/newsol.asp?id=10463&idp=&idioma=es&idpais=
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